La Asamblea Nacional (AN) de Venezuela inició el 5 de enero de 2026 su nuevo período constitucional (2026-2031) y anual de sesiones, ratificando a Jorge Rodríguez en la presidencia y a Pedro Infante y Grecia Colmenares en la directiva.
La agenda se enfoca en la aprobación de leyes para la recuperación económica, la protección social y el fortalecimiento de la soberanía nacional, con más de 300 sesiones celebradas en el periodo anterior.
Puntos Clave del Panorama de Sesiones 2026:
- Nueva Directiva (2026-2027): Jorge Rodríguez (Presidente), Pedro Infante (1er Vicepresidente), Grecia Colmenares (2da Vicepresidenta).
- Inicio de Sesiones: Instalación formal el 5 de enero, marcando el inicio del período anual según el artículo 194 de la Constitución.
- Enfoque Legislativo: Se priorizan leyes de seguridad, protección de libertades económicas, y la reforma de leyes de Poder Popular.
- Consulta Pública: Continuidad de la consulta pública de proyectos de ley antes de su segundo debate.
- Mensaje Anual: La Asamblea recibe el mensaje del Presidente de la República sobre su gestión política, económica y social.
Nuestra Constitución de 1978 establece que hay dos periodos ordinarios de sesiones, el primero de septiembre a diciembre y el segundo de febrero a junio (artículo 73) si bien, durante los meses de enero, julio y agosto, la Cámara continúa con su actividad.
La Asamblea Nacional de
Venezuela para el periodo 2025-2026 está conformada por 285 diputados
(un aumento significativo respecto a periodos anteriores) elegidos por
voto popular en las elecciones de mayo de 2025, con una directiva
encabezada por Jorge Rodríguez como presidente, Pedro Infante como
primer vicepresidente y América Pérez como segunda vicepresidenta,
representando mayoritariamente al Gran Polo Patriótico.
Composición y Elección:
- Número: 285 escaños en total.
- Método: Votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional.
- Circunscripciones: Incluye diputados por lista nacional, por entidad federal (estado) y por circunscripciones indígenas.
Directiva (2025-2026):
- Presidente: Jorge Rodríguez (PSUV).
- Primer Vicepresidente: Pedro Infante (PSUV).
- Segunda Vicepresidenta: América Pérez (PSUV).
- Secretaria: María Alejandra Hernández.
- Subsecretario: José Omar Molina.
Contexto:
- La instalación de esta Asamblea se realizó en enero de 2025 tras las elecciones legislativas del 25 de mayo de 2025.
- La mayoría de los diputados pertenecen al Bloque Parlamentario de la Patria (GPPSB).
Existen dos tipos de periodos: de sesiones ordinarias y de sesiones extraordinarias. El
panorama actual se enmarca en la continuidad de la gestión del
oficialismo, manteniendo el objetivo de sancionar leyes orientadas al
desarrollo nacional y la defensa de la soberanía.
Paz y seguridad, desarrollo y derechos humanos: estos son los tres pilares sobre los que se construye la idea de las Naciones Unidas.
Sep 13, 2024 Views: 31625. António Guterres es actualmente el Secretario General de las Naciones Unidas.
Análisis geopolítico
desde la MultiPlataforma Comunicacional Radio Web lavozdelamujerbolivariana.blogspot.com
Venezuela es miembro de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) desde el 15 de noviembre de 1945
,
siendo uno de los 51 estados fundadores. A pesar de tensiones
diplomáticas y deudas, el gobierno bolivariano mantiene su
representación, participando en órganos como el Consejo Económico y
Social y habiendo formado parte del Consejo de Derechos Humanos. Detalles clave sobre la membresía de Venezuela en la ONU:
- Fundador: Venezuela firmó la carta fundacional el 26 de junio de 1945 y ratificó el 15 de noviembre de ese año.
- Representación: La Asamblea General de la ONU reconoce al gobierno bolivariano como el representante legítimo de Venezuela.
- Consejos:Ha sido elegido varias veces para el Consejo de Seguridad (ej. 2014) y el Consejo de Derechos Humanos.
- Misión de la ONU: Existe una Misión Independiente de Determinación de los Hechos que monitorea la situación de derechos humanos desde 2019.
- Situación financiera: A 2023, Venezuela ha enfrentado riesgos de perder el derecho al voto en la Asamblea General debido a deudas significativas en sus contribuciones.
Venezuela
denunció ante el Consejo de Seguridad de la ONU que Estados Unidos
ejecutó un «ataque armado ilegítimo» el 3 de enero de 2026, calificando
la captura de Nicolás Maduro como un «secuestro» y una «violación
flagrante» de la Carta de la ONU
. Exigió la liberación inmediata y el respeto a la soberanía nacional. Los
puntos clave de la posición venezolana, expresados por el embajador
Samuel Moncada y respaldados por el gobierno bolivariano, incluyen:
- Violación de la Inmunidad: Se denunció que el secuestro del jefe de Estado en ejercicio vulnera la inmunidad personal y la soberanía de los Estados.
- Acción Neocolonial: Se calificó la agresión como un acto motivado por la codicia de recursos naturales (petróleo y energía) y como una práctica de neocolonialismo.
- Precedente Peligroso: Venezuela advirtió que aceptar esta lógica crea un precedente que permite a potencias militares decidir el destino de otras naciones, poniendo en riesgo el derecho internacional.
- Solicitud al Consejo de Seguridad: Se exigió que el Consejo de Seguridad condene la acción, ordene la liberación de Maduro y la primera dama Cilia Flores, y respete la soberanía venezolana.
- Continuidad Institucional: El gobierno ratificó que el orden constitucional persiste, juramentando a la vicepresidenta Delcy Rodríguez para garantizar la estabilidad.
La
ONU, a través de diversos actores, mostró profunda preocupación por la
situación, calificando la acción de EE. UU. como un «precedente
peligroso» que socava los principios del derecho internacional.
La
Carta de las Naciones Unidas encomienda a las Naciones Unidas y a sus
Estados miembros mantener la paz y la seguridad internacionales,
defender el derecho internacional, lograr "niveles de vida más elevados"
para sus ciudadanos, abordar "los problemas económicos, sociales,
sanitarios y otros problemas conexos" y promover "el respeto universal y
la observancia de los derechos humanos..."
Reflejan
la opinión mundial, pero carecen de fuerza legal para los Estados
miembros, salvo en asuntos internos de la ONU, como la aprobación
presupuestaria y las decisiones de procedimiento. Esto contrasta marcadamente con el poder legislativo nacional.
Artículo 2 Sección 4 de la Carta de las Naciones Unidas. En Texto del artículo 2(4)
Todos los Miembros se abstendrán, en sus relaciones internacionales, de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
Todos los Miembros se abstendrán, en sus relaciones internacionales, de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas
establece como medios para procurar la solución pacífica de
controversias: la negociación, la investigación, la mediación, la
conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos
o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.
El Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, que reconoce el derecho de los Estados miembros a la legítima defensa contra un ataque armado, es central en estos debates.
Artículo 51. Ninguna disposición de esta Carta
menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o
colectiva, en caso de ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas,
hasta tanto que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas
necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales.
Las Comunicadoras y Comunicadores Populares planteamos recurrir a los principios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia porque son fundamentales para la acción humanitaria en virtud al Artículo 13 de la Convención Americana el cual estable que Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.
Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya
sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por
cualquier otro procedimiento de su elección.
Artículo 92 La Corte Internacional de Justicia será el órgano judicial principal de las Naciones Unidas;
funcionará de conformidad con el Estatuto anexo, que está basado en el
de la Corte Permanente de Justicia Internacional, y que forma parte
integrante de esta Carta.
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